Ayudas para el crecimiento de autónomos y empresas
Es una subvención a fondo perdido para financiar proyectos empresariales relacionados con:
Ayudas para el desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes
Las ayudas se irán concediendo según se vayan solicitando por los interesados en base a los requisitos establecidos.
Para implantar mejoras y eliminar procesos ineficientes, excesos de tiempo, sobreproducciones, tareas innecesarias, o reducir gastos.
Para implantar y certificar normas relacionadas con la gestión energética, huella hídrica, productos sanitarios, calidad, responsabilidad social empresarial, seguridad alimentaria, gestión de la I+D+i…
Para proyectos basados en Inteligencia Artificial, gestión automatizada de almacenes, sistemas de business intelligence, gemelos y pantallas digitales, soluciones ERP, CRM, SCM, MES, BIM…
Dirigidas a la industria manufacturera y al sector de la construcción para reducir el consumo de materias primas o energético, generación de residuos, reutilización de subproductos, medidas de reciclaje…
Para el diseño de nuevos productos innovadores, diseño y producción de prototipos, realización de ensayos, homologaciones, y diseño de envases y embalajes novedosos para la empresa.
Esta ayuda te permite implantar mejoras y eliminar procesos ineficientes, excesos de tiempo, sobreproducciones, tareas innecesarias, o reducir gastos. Para ello podrás contar con una consultora especializada en el análisis empresarial para evaluar el estado actual de tus procesos. Te subvencionamos proyectos dirigidos a la reorganización y optimización de los procesos productivos, organizacionales y/o de gestión basados en las metodologías Lean o en cualquier otra.
Los solicitantes deben contar con una plantilla media de al menos 10 trabajadores.
En el caso del sector industrial, una plantilla media de al menos 3 trabajadores.
Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada, (IVA excluido)
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 6.000 €.
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 30.000 €.
Ayuda para implantar y certificar cualquier norma y sistemas de gestión reconocidos institucionalmente.
Adaptaciones de normas, implantación de normas ya subvencionadas en los 5 años anteriores.
Se subvencionan los gastos de consultoría externa especializada para implantación y gastos de certificación realizada por entidad acreditada, (IVA excluido).
Excepción: 80% de la inversión subvencionable con límite de 4.000€ para la Norma ISO 9001 o la Norma ISO 14001. En el caso de que sea una implantación integrada de ambas normas el límite es 6.000€.
Ayuda para desarrollar e implantar soluciones tecnológicas avanzadas para mejorar la eficiencia y optimización en la gestión de los procesos de una empresa.
Los solicitantes deberán contar con una plantilla media de al menos 3 trabajadores.
Se subvencionan los gastos de:
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 15.000 €.
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 20.000 €.
80% del coste subvencionable con un límite máximo de inversión subvencionable de 25.000 €.
Ayudas dirigidas a pymes del sector industrial y de la construcción para realizar proyectos que favorezcan la transición a la economía circular de procesos y/o productos. Se incluye la realización de análisis y de ensayos de materiales y residuos.
El estudio debe contener obligatoriamente propuestas de actuación concretas y cuantificadas económicamente, así como una previsión de los resultados ambientales de su aplicación.
Se subvencionan los gastos de:
80 % para colaboraciones externas, con un límite de 15.000 €.
Esta ayuda apoya tres tipos de proyectos:
Se subvenciona la contratación de colaboraciones externas, por parte de consultoras de diseño, centros tecnológicos, laboratorios o cualquier entidad especializada. Además de la auditoría previa para el diseño de nuevos productos o nuevos envases o embalajes.
Se subvenciona los gastos de realización de la auditoría previa en el caso de la línea de Diseño de nuevos productos que presenten un componente innovador respecto al mercado; y Diseño de nuevos envases o embalajes que supongan una novedad para la empresa solicitante. Siempre que la auditoría se haya finalizado en un plazo no superior a 6 meses anteriores a la solicitud de la ayuda.
Presentación de la solicitud de subvención en modelo oficial y documentación asociada.
Solicitud de documentación o trámite de audiencia en su caso.
Informe favorable o desfavorable
Pago del 50% una vez notificada la Resolución Individual.
Presentación de la solicitud de liquidación (en modelo oficial y documentación asociada)
Pago del 50% restante de la subvención una vez justificado el proyecto correctamente.
Preguntas frecuentes
Sí. Para poder acceder a este programa de ayudas la empresa debe disponer de, al menos un centro de trabajo en Extremadura (con independencia de dónde radique su domicilio fiscal) y que el proyecto vaya referido a dicho centro de trabajo.
No, se establece expresamente en la normativa que se computarán los trabajadores contratados por cuenta ajena por la empresa solicitante.
Una misma empresa sólo podrá ser beneficiaria de un proyecto en alguna de estas líneas durante toda la vigencia del Programa.
Dependiendo del tipo de proyecto, deberán disponer de una plantilla media de al menos:
Línea 1: Optimización de procesos productivos:
Línea 2: Implantación y certificación de normas:
Línea 3: Herramientas tecnológicas avanzadas:
Línea 4: Ecopyme:
Línea 5: Desarrollo de nuevos productos y diseño de envases y embalajes:
La actividad agrícola está excluida del presente programa de ayudas, mientras que la de comercio resulta subvencionable. En este caso, si el proyecto va referido a la actividad de comercio no tendría ninguna limitación o exclusión por razón de la actividad, teniendo en cuenta en el análisis del expediente los trabajadores por cuenta ajena que la empresa tuviese contratados para esa actividad.
No, el proyecto debe contemplar ambas fases, la implantación y certificación de la norma o protocolo en cuestión.
No.
Una persona experta competente en materia de diseño y desarrollo del tipo de producto o envase/embalaje por el que se va a solicitar la ayuda.
Por lo general, la consultora que realizará este informe será la misma que llevará a cabo el diseño del nuevo producto/envase o embalaje, si bien, no es obligatorio que sea la misma consultora.
Los gastos del informe de auditoría serán llevados a cabo en un plazo no superior a 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la ayuda.
Junto con la instancia de solicitud de subvención se presentará factura en firme del informe de auditoría.
No, el régimen de concesión es directa, por tanto, se irán resolviendo conforme se vaya completando cada expediente.
No. Todos los gastos deberán estar comprendidos dentro del plazo de ejecución, no pudiéndose facturar, ejecutar ni pagar gastos imputables al proyecto fuera de dicho período, que comenzará a partir del día siguiente al de la presentación de la solicitud de ayuda, excepto los gastos de auditoría contemplados en los proyectos de diseño de nuevos productos, nuevos envases y/o embalajes, los cuales podrán realizarse en un plazo no superior a 6 meses anteriores a la fecha de presentación de la ayuda.
La facturación y pago de los gastos de implantación de la norma deberá ser realizado, en al menos un 75% del importe de los mismos, con carácter previo a la certificación de la norma que se trate (artículo 13.4 del Decreto 28/8/2023 de 27 de diciembre).
El proyecto puede comenzar a ejecutarse después de solicitar la ayuda.
Así mismo, la Resolución Individual de Concesión de la Ayuda determinará el plazo para realizar el mismo.
Se requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada la solicitud de liquidación. La falta de presentación de la solicitud de liquidación en el plazo establecido conlleva a la pérdida del derecho a la subvención.
https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/concesiones/consulta
El 18 de abril de 2024.
La empresa está obligada a mantener en Extremadura tanto la actividad como la operatividad del proyecto subvencionado, durante al menos 3 años consecutivos, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de liquidación de la ayuda.
Puedes contactar con nosotros en:
Dirección General de Empresa – Junta de Extremadura
Paseo de Roma s/n, módulo D, primera planta.
Teléfono: 900 107 360
Email: extremaduraempresa@juntaex.es